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Nuevos aditivos en suplementos dietarios: ANMAT suma metacrilatos

La ANMAT y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca incorporaron dos copolímeros de metacrilato al Código Alimentario Argentino, permitiendo su uso como agentes de recubrimiento en suplementos dietarios sólidos, con restricciones para lactantes y niños.

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Nuevos aditivos en suplementos dietarios: ANMAT suma metacrilatos
Envases de suplementos dietarios con un recubrimiento brillante, indicando los nuevos aditivos aprobados.

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT)
  • SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
  • MINISTERIO DE ECONOMÍA
  • Evonik Argentina S.A.
  • Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA)
  • Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA)
  • Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (ANVISA)

Fechas Clave

2018
Publicación de monografía JECFA
20/12/2021
Resolución RDC N° 588 de ANVISA
04/08/2025
Modificación del Decreto 815
13/05/2026
Fecha de la Resolución
salud pública
regulación sanitaria
suplementos dietarios
aditivos alimentarios

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), en conjunto con la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, resolvió la incorporación de dos nuevos aditivos al Código Alimentario Argentino (CAA).

Se trata del Copolímero de metacrilato básico (INS 1205) y el Copolímero de metacrilato aniónico (INS 1207), que podrán ser utilizados como agentes de recubrimiento o glaseantes en suplementos dietarios sólidos (comprimidos, cápsulas o tabletas), con un límite del 10%. Es importante destacar que su uso está prohibido en suplementos destinados a lactantes y niños de corta edad.

Contexto y seguridad

La solicitud para incluir estos compuestos fue realizada por la firma Evonik Argentina S.A. Para su evaluación, se tomaron como referencia normativas internacionales como el Reglamento (CE) N° 1333/2008 de la Unión Europea y resoluciones de la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (ANVISA) de Brasil. Además, cuentan con dictamen científico positivo de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) y una Ingesta Diaria Admitida (IDA) 'no especificada' por el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA).

Esta medida busca armonizar la normativa argentina con estándares globales, ofreciendo a la industria de suplementos dietarios nuevas herramientas para la formulación de productos, siempre bajo estrictos controles de seguridad para el consumidor. La transparencia en la composición y la seguridad de los productos son pilares fundamentales de esta actualización del CAA.

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