¡EXPLOSIVO AUMENTO EN EXPENSAS! Homologan sueldos de encargados de edificios
La homologación de los acuerdos salariales de los trabajadores de edificios de renta y horizontal por parte del Ministerio de Capital Humano encenderá las alarmas en consorcios y bolsillos de propietarios. ¿Cuánto más costará vivir en tu departamento?
Índices de Impacto
Organizaciones
- FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL (FATERYH)
- ASOCIACIÓN INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL
- CÁMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS
- UNIÓN ADMINISTRADORES DE INMUEBLES (UADI)
- MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
- DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Fechas Clave
¡PREPÁRENSE PROPIETARIOS! Una nueva disposición del Ministerio de Capital Humano, a través de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, acaba de homologar los acuerdos salariales que impactan directamente en los sueldos de los encargados de edificios y personal de propiedad horizontal. Este movimiento, negociado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL (FATERYH) y un consorcio de entidades empleadoras como la ASOCIACIÓN INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, la CÁMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS y la UNIÓN ADMINISTRADORES DE INMUEBLES (UADI), traerá cambios significativos.
El golpe al bolsillo de los propietarios
Los acuerdos, enmarcados en los Convenios Colectivos de Trabajo N° 589/10 y N° 590/10, establecen nuevas condiciones salariales que, en la práctica, se traducirán en un aumento de los costos laborales para los consorcios. Esto, indefectiblemente, se reflejará en un incremento en las expensas que cada propietario deberá afrontar mes a mes. Para miles de familias argentinas, esto representa un ajuste más en sus finanzas personales, en un momento donde cada centavo cuenta.
Un detalle crucial de esta disposición es la exclusión explícita de fijar el promedio de las remuneraciones para el cálculo del tope indemnizatorio, según lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744. Esta particularidad, basada en una resolución de la Secretaría de Trabajo de 2007, diferencia a este sector de otros y es un punto a tener en cuenta para administradores y dueños.
Consejito para el lector: Contacte a su administrador de consorcio para entender el impacto específico en sus expensas y cómo se proyectan los aumentos. Estar informado es clave para gestionar su economía doméstica.
