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El Ministerio de Capital Humano oficializa dos acuerdos clave para el gigante de las telecomunicaciones, Telecom Argentina. Uno afecta a FOETRA y otro a FOMMTRA, garantizando mejoras salariales y gratificaciones. ¿Será suficiente para calmar las aguas?
La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo ha puesto la lupa sobre Telecom Argentina S.A., oficializando dos acuerdos salariales que mueven la aguja para miles de trabajadores del sector. Estas medidas, publicadas en el Boletín Oficial, buscan ajustar las remuneraciones en un contexto económico desafiante.
La Disposición 2477/2025 registra el acuerdo alcanzado entre FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES y TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 567/03 “E”. Este pacto incluye modificaciones salariales y una gratificación para los empleados. Es crucial destacar que, si bien las partes acordaron el carácter de la gratificación, la autoridad laboral advierte que su registración se realiza “sin perjuicio de la aplicación de lo previsto en el Artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo”, lo que implica que estas sumas podrían ser consideradas remunerativas a efectos de aportes y contribuciones.
Por otro lado, la Disposición 2478/2025 registra un acuerdo similar entre la FEDERACION de ORGANIZACIONES de los MANDOS MEDIOS de las TELECOMUNICACIONES de la REPÚBLICA ARGENTINA (FOMMTRA) y la misma empresa, TELECOM ARGENTINA S.A., bajo el Convenio Colectivo de Trabajo N° 715/15. Este acuerdo también establece modificaciones en las escalas salariales y una gratificación para los mandos medios. Al igual que en el caso de FOETRA, se reitera la advertencia sobre el Artículo 103 de la LCT respecto a la naturaleza de la gratificación.
Ambos acuerdos, aunque específicos para distintas representaciones gremiales dentro de la misma empresa, reflejan la dinámica de la negociación colectiva en un sector estratégico como las telecomunicaciones. Para los trabajadores, significan un respiro en sus bolsillos. Para la empresa, son parte de los costos laborales acordados. La intervención del Ministerio, registrando estos pactos, les da validez formal, aunque con la salvedad sobre el carácter no remunerativo que es una constante advertencia en las disposiciones recientes.