Retiro voluntario de agente del Consejo Provincial de Educación
El Gobierno de Santa Cruz aceptó la solicitud de retiro voluntario de Sebastián Diego Fernández, agente de planta permanente del Consejo Provincial de Educación, con las condiciones de la Ley N° 2347.
Índices de Impacto
Organizaciones
- Consejo Provincial de Educación
Fechas Clave
Retiro voluntario en el Consejo Provincial de Educación de Santa Cruz
El Gobierno de Santa Cruz, mediante el Decreto N° 0569/2026, aceptó la solicitud de retiro voluntario de pago íntegro e inmediato presentada por el señor Sebastián Diego Fernández (D.N.I. N° 24.705.903). Fernández, agente de planta permanente con situación de revista en el Consejo Provincial de Educación (CPE), se acoge a los términos del Artículo 9º de la Ley Nº 2347, reglamentada por el Decreto Nº 2070/93, conocido como "Régimen Voluntario de Pago Íntegro e Inmediato".
La aceptación de este retiro voluntario tiene efecto a partir del 1º de septiembre de 2025. Como consecuencia, se elimina un cargo de Agrupamiento: Servicios Auxiliares Complementarios - Nivel: C - Grado: IV - Tramo: Inicial, de la estructura del Consejo Provincial de Educación.
Condiciones del retiro voluntario
El régimen de retiro voluntario establece que el agente que se acoge a él no podrá reingresar a la Administración Pública Provincial por un lapso de DIEZ (10) años. Esta restricción aplica tanto para quienes deseen volver a trabajar como para aquellos que pretendan jubilarse a través de la Caja de Previsión Social, salvo que se realice una previa devolución de la indemnización actualizada.
Este mecanismo permite a los agentes públicos optar por una desvinculación anticipada de la administración, recibiendo una indemnización. Para el Estado, puede ser una herramienta de reestructuración y optimización de la planta de personal. La eliminación del cargo asociado al retiro es una medida para ajustar las estructuras y reducir el gasto público a largo plazo.
El proceso se alinea con lo estipulado en el Artículo 51° Inciso g) del Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial, lo que garantiza el marco legal y contractual para este tipo de decisiones.
