Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
La Agencia de Administración de Bienes del Estado se da de bruces: una subasta pública de dos valiosos inmuebles en La Plata quedó desierta por falta de interesados. Ahora, el Estado insiste con un nuevo llamado, pero con una rebaja en el precio base. ¿Se regalan los bienes públicos?
¡Escándalo en la gestión de bienes del Estado! La Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) ha declarado desierta la Subasta Pública N° 392-0043-SPU25, que buscaba vender en bloque dos inmuebles estratégicos en La Plata, Provincia de Buenos Aires. Los terrenos, ubicados en Calle 39 esquina Calle 30 (Parcela 13) y Calle 39 S/N° entre Calles 29 y 30 (Parcela 14), ambos de 600 m2, no atrajeron a ningún interesado en la primera convocatoria. ¡Un golpe para las arcas públicas!
Según la Resolución 59/2025 de la AABE, a pesar de la amplia publicidad, el 21 de agosto de 2025 se confirmó que no hubo inscriptos para participar en la subasta. Este "fracaso" obliga al Estado a recalcular y lanzar un nuevo llamado a Subasta Pública N° 392-0069-SPU25, pero con una condición que levanta polémica: ¡una reducción del precio base!
El Tribunal de Tasaciones de la Nación había valuado los inmuebles en un total de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($300.000.000) o su equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIEN (USD 252.100) al 28 de abril de 2025. El valor base de venta inicial era de USD 239.495. Ahora, la AABE autoriza una nueva subasta con un precio base de USD 238.991,60, una rebaja mínima pero simbólica, que se ajusta a la normativa que permite reducir el precio venal hasta un 10% por única vez.
La incapacidad del Estado para vender sus bienes al valor tasado inicialmente podría interpretarse de varias maneras: ¿el precio era demasiado alto? ¿Hay falta de interés en el mercado inmobiliario? ¿O la gestión de la subasta no fue lo suficientemente atractiva? Lo cierto es que, para los contribuyentes, cada intento fallido y cada rebaja en el precio de los bienes del Estado genera dudas sobre la eficiencia en la administración de los recursos públicos. Los fondos obtenidos de estas ventas, deducidos los gastos, se afectarán según el artículo 15 del Decreto N° 1.382/2012. Estaremos atentos al próximo capítulo de esta novela inmobiliaria estatal.