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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) redefine las reglas para emitir facturas “A”, eliminando la polémica “M” y creando dos nuevas categorías con durísimas condiciones de retención o un sistema de pago bancarizado obligatorio. ¡Ojo, esto afecta a miles de contribuyentes!
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en un movimiento que promete sacudir el día a día de miles de empresas y autónomos, acaba de publicar la Resolución General N° 5762/2025, junto a su hermana complementaria, la N° 5764/2025. ¿El objetivo? Revolucionar el sistema de emisión de comprobantes Clase “A”, esos que usás para tus ventas y servicios.
Adiós a la tan temida factura "M". Ahora, si la AFIP detecta "inconsistencias fiscales, irregularidades o incumplimientos" o si no acreditás "solvencia patrimonial", no te emitirán una "M", sino una "A con leyenda 'OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN'". ¿Qué significa esto? Que tu cliente, si es Responsable Inscripto, ¡deberá retenerte el 100% del IVA y un 6% de Ganancias! Una verdadera bofetada al flujo de caja de cualquier negocio. Esta retención se aplica en el momento del pago y no podrás oponer certificados de exclusión.
Pero hay una "salida" para algunos: la "A con leyenda 'PAGO EN CBU INFORMADA'". Si cumplís ciertos requisitos (como no tener las inconsistencias más graves) podés optar por esta modalidad. ¿La trampa? Tus clientes (sean Responsables Inscriptos o Monotributistas) estarán obligados a pagarte exclusivamente mediante transferencia o depósito a una CBU específica que vos informás a la AFIP. ¡Olvidate del efectivo o de otros medios de pago!
La RG 5764/2025, por su parte, es el manual de instrucciones que adapta todas las demás normativas de la AFIP (¡y son muchas!) a esta nueva realidad. Desde cómo imprimir los nuevos comprobantes hasta cómo se cargan en los sistemas, todo cambia. Se extiende, por ejemplo, el plazo de validez para comprobantes impresos de respaldo de 1 a 3 años, un pequeño respiro en medio de tanta rigidez.
Principalmente a PyMES, autónomos y cualquier Responsable Inscripto que busque emitir facturas "A". Si tenés algún roce con la AFIP, preparate para las retenciones draconianas. Si sos un contribuyente "ejemplar", la opción de la CBU informada te dará algo más de flexibilidad, pero siempre bajo el ojo atento del fisco. La AFIP realizará evaluaciones cuatrimestrales (en febrero, junio y octubre) de tu comportamiento fiscal para decidir qué tipo de comprobante te habilita, y te avisará preventivamente si estás en riesgo.
"Esta movida busca blindar la recaudación y combatir la evasión, pero a costa de una mayor presión y burocracia para los contribuyentes."
Esta resolución entra en vigencia el 1 de diciembre de 2025, con algunas excepciones. ¡A prepararse y ajustar los sistemas contables!