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PositivoTransporte

Aerotrust S.R.L. autorizada para transporte aéreo no regular

La Subsecretaría de Transporte Aéreo autorizó a Aerotrust S.R.L. a explotar servicios no regulares de transporte aéreo interno e internacional de pasajeros y cargas, impulsando la competencia en el sector.

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Aerotrust S.R.L. autorizada para transporte aéreo no regular
Un avión pequeño o ejecutivo despegando, con un mapa global de fondo, simbolizando la expansión de servicios aéreos no regulares.

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • Ministerio de Economía
  • Subsecretaría de Transporte Aéreo
  • Secretaría de Transporte
  • Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC)
  • Dirección Nacional de Seguridad Operacional

Fechas Clave

19/12/2019
Decreto de Organigrama de la Administración Nacional
08/07/2024
Decreto de aprobación del Reglamento de Acceso a los Mercados Aerocomerciales
09/09/2024
Decreto de aprobación de las Condiciones Generales del Contrato de Transporte Aéreo de Carga
22/11/2024
Disposición de procedimiento simplificado de autorización
14/05/2026
Fecha de la disposición
Competencia
Transporte Aéreo
Regulación Aeronáutica
Servicios no regulares

La Subsecretaría de Transporte Aéreo del Ministerio de Economía, mediante la Disposición 4/2026, otorgó a la empresa Aerotrust Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) la autorización para explotar servicios no regulares, internos e internacionales, de transporte aéreo de pasajeros y cargas de forma combinada. Esta medida se alinea con el Reglamento de Acceso a los Mercados Aerocomerciales, aprobado por el Decreto N° 599/2024, que busca fomentar la competencia y el desarrollo del sector.

Aerotrust S.R.L. ha demostrado cumplir con las exigencias previstas en la Ley N° 17.285 (Código Aeronáutico) y sus normativas reglamentarias, incluyendo la capacidad técnica y económico-financiera necesarias para operar. La autorización se otorga para servicios no regulares, lo que implica flexibilidad en rutas y horarios, adaptándose a demandas específicas de clientes.

Para poder ejercer estos derechos, la empresa deberá acreditar la emisión de sus certificados digitales de explotador dentro de los ciento ochenta (180) días corridos. Esta disposición es parte de un procedimiento simplificado para el transporte no regular con aeronaves de hasta diecinueve (19) plazas, buscando agilizar los trámites para nuevos operadores. La medida impacta positivamente en el sector de la aviación, al sumar un nuevo actor que podría ofrecer más opciones y dinamizar el mercado de servicios aéreos especializados.

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