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El Poder Ejecutivo rechaza el reclamo de SADAIC contra el decreto que redefinió "ejecución pública", manteniendo la exclusión de ámbitos privados del pago de derechos.
¡Escándalo en el mundo de la música y el entretenimiento! El Boletín Oficial acaba de publicar el Decreto 546/2025, donde el Gobierno Nacional le propina un rotundo rechazo al "reclamo impropio" de SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música). ¿El trasfondo? La polémica modificación del concepto de "ejecución pública" de obras musicales, introducida por el Decreto N° 765/2024.
SADAIC había puesto el grito en el cielo, argumentando que el decreto anterior "desconoce el derecho de propiedad de los autores" y que restringe el alcance de la "ejecución pública" de manera inconstitucional, afectando sus ingresos y contraviniendo tratados internacionales. La entidad había solicitado la nulidad del decreto y, de mínima, su suspensión.
Sin embargo, el Poder Ejecutivo, basándose en informes de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, ratificó su postura. Sostiene que la modificación busca un "equilibrio saludable" entre el derecho de los autores y la "razonable necesidad" de usos particulares donde no hay "beneficio económico por parte del destinatario". En criollo: el Gobierno insiste en que no se deben pagar derechos de autor por música que se reproduce en "ámbitos de privacidad y reserva", como habitaciones de hotel o reuniones privadas, donde no hay una explotación comercial directa.
Este decreto no solo rechaza el reclamo de SADAIC, sino que también agota la vía administrativa para la entidad, abriéndole la puerta a la instancia judicial. La batalla por los derechos de autor en Argentina promete escalar, con implicaciones significativas para la industria musical, el sector hotelero y cualquier establecimiento que reproduzca música. El Gobierno subraya que "no existen derechos absolutos" y que su facultad reglamentaria le permite ajustar las leyes sin alterar su espíritu.