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¡Golpe millonario de la UIF! Mutual y directivos multados por lavado de dinero

La Unidad de Información Financiera impuso multas que superan los 500 millones de pesos a una mutual y a varios de sus directivos por graves incumplimientos en la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

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¡Golpe millonario de la UIF! Mutual y directivos multados por lavado de dinero
Una balanza de justicia desequilibrada con una pila de billetes y un candado, con el logo de la UIF de fondo.

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA
  • ASOCIACION MUTUAL DE PROFESIONALES SOLIDARIOS
  • INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL (INAES)

Fechas Clave

01/03/2015
Inicio del período de falta de reporte de operaciones sospechosas
01/09/2016
Fin del período de falta de reporte de operaciones sospechosas
01/10/2016
Inicio del segundo período de falta de reporte de operaciones sospechosas
30/11/2016
Fin del segundo período de falta de reporte de operaciones sospechosas
05/06/2025
Fecha de la Resolución UIF N° RESAP-2025-22-APN-UIF#MJ
04/08/2025
Fecha de publicación del aviso
Multas
Lavado de activos
Financiamiento del terrorismo
UIF
Sujetos obligados
Reporte de operaciones sospechosas
PEP (Personas Expuestas Políticamente)

Un verdadero terremoto sacude al sector mutualista. La Unidad de Información Financiera (UIF), el organismo encargado de combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo en Argentina, ha dictado una Resolución (RESAP-2025-22-APN-UIF#MJ) que impone multas históricas a la ASOCIACION MUTUAL DE PROFESIONALES SOLIDARIOS (CUIT N° 30-71039143-9) y a una larga lista de sus directivos y asociados por un monto total que supera los 500 millones de pesos.

Un festín de irregularidades y sanciones

La resolución detalla una serie escalofriante de incumplimientos a la Ley N° 25.246 y a diversas resoluciones de la UIF, vigentes al momento de los hechos. Entre las faltas más graves se destacan:

  • Falta de reporte de operaciones sospechosas: El cargo más pesado, con multas que alcanzan los $484.829.262,95 por operaciones no reportadas entre marzo de 2015 y septiembre de 2016, y otros $16.571.363,82 y $27.082.892,60 por otros períodos.
  • Incumplimientos en la designación del oficial de cumplimiento.
  • Deficiencias en el Manual de Procedimientos PLA/FT (Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo).
  • Fallas en las auditorías periódicas.
  • Incumplimientos en la identificación y conocimiento del cliente.
  • Falta de identificación del beneficiario final.
  • Ausencia de declaraciones juradas de Personas Expuestas Políticamente (PEP).
  • Omisión de chequeos en listados de terroristas.
  • Falta de determinación del perfil del cliente y documentación respaldatoria.
  • Carencia de herramientas tecnológicas adecuadas y registro de análisis de operaciones inusuales.

Las multas individuales a los directivos, que varían entre $50.000 y $100.000 por cada incumplimiento, se suman a la sanción global impuesta a la mutual por $529.683.519,37.

¿Quiénes son los apuntados?

La UIF no se anduvo con chiquitas y nombró a numerosos individuos con DNI, entre ellos Julieta Andrea KINDRUK, Fernando Adrián GRANDA ARNÁEZ, Gervasio Andrés EGAÑA, Alejandro Adán BARBAS, Claudio Gabriel HULEJ, Roxana Sonia GOMEZ, Víctor Raúl CORRO, Santiago Antonio HIDALGO, Elsa Petrona MONTES, Lisandro Nahuel LA TORRE, María Eugenia ARRIGO, María Florencia TULA ACOSTA y Andrea Nora FERRI, muchos de ellos miembros del órgano de administración al momento de los hechos.

El mensaje de la UIF: tolerancia cero

Esta resolución, dictada el 5 de junio de 2025, no solo representa un severo castigo para la mutual y sus directivos, sino que también envía una señal contundente a todos los sujetos obligados (bancos, mutuales, cooperativas, etc.) sobre la tolerancia cero de la UIF ante el incumplimiento de las normativas PLA/FT. La entidad incluso rechazó planteos de nulidad y recursos de reconsideración, aunque hizo lugar parcialmente a una prescripción de acciones anteriores a febrero de 2015 y declaró la falta de legitimación pasiva de algunos involucrados en ciertos cargos.

La mutual y los directivos tienen DIEZ (10) días para efectivizar el pago de las multas y TREINTA (30) días hábiles judiciales para recurrir la decisión ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Además, la UIF instruyó a su Dirección de Supervisión a verificar la inscripción del sujeto obligado y comunicó la medida al INAES, lo que podría generar más repercusiones en el futuro.

Este caso es un llamado de atención brutal para el sistema financiero y mutualista argentino. La laxitud en los controles puede tener consecuencias millonarias y devastadoras. Es imperativo reforzar los mecanismos de prevención para evitar que Argentina sea un eslabón débil en la lucha global contra los delitos económicos.

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