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El Instituto de Previsión Social bonaerense reconoce servicios de un ex becario del Ministerio de Salud, pero le exige el pago de una deuda millonaria en aportes y contribuciones. Una advertencia para miles de trabajadores precarizados.
Una resolución del Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires destapa una olla a presión en el sistema previsional. La Resolución N° 32.698 no solo reconoce los servicios "insalubres" de Ricardo Nicolas FERNANDEZ como Técnico Profesional becario en la ex Subsecretaría de Atención a las Adicciones (Ministerio de Salud) entre el 01/03/2007 y el 31/03/2009, sino que además le exige una deuda millonaria en aportes y contribuciones.
El caso de FERNANDEZ es un espejo para miles de trabajadores que, bajo la figura de "becarios" o contratos precarios, prestaron servicios al Estado sin la debida registración previsional. Aunque el Decreto N° 5725/89 establecía que la beca no configuraba relación de empleo público, el IPS, apoyándose en fallos judiciales como "Pisano, Juan José c/ Pcia. de Buenos Aires", reconoce que existió una relación de dependencia y, por lo tanto, la obligación de aportar.
La bomba llega con la liquidación: FERNANDEZ debe $1.144.703,07 por aportes personales no efectuados y se suman $981.174,06 por contribuciones patronales, que originalmente debió pagar el Estado. El IPS, con un tono amenazante, rechaza su propuesta de pago en 24 cuotas y lo intima a saldar la deuda en 10 días o proponer una nueva forma de pago, bajo la advertencia de "HABILITAR LA VÍA EJECUTIVA EN CASO DE NO PAGO".
Este caso sienta un precedente crucial para todos aquellos que trabajaron bajo figuras similares en el sector público. Por un lado, es una victoria para el reconocimiento de derechos previsionales de los becarios. Por otro, la carga económica recae sobre el trabajador, quien ahora debe afrontar una deuda generada por una relación laboral irregular que no provocó. ¿Es justo que el Estado, que precarizó, ahora le exija el pago al trabajador?
"La vinculación existente entre el becario y el Estado Provincial, no configura relación de empleo público..." — Artículo 6 del Decreto N° 5725/89
Este conflicto subraya la hipocresía de un sistema que primero niega la relación laboral y luego cobra las consecuencias al eslabón más débil. Los ciudadanos deben estar informados: este tipo de resoluciones pueden afectar a muchos que hoy luchan por el reconocimiento de sus años de servicio y pueden encontrarse con una deuda inesperada en el camino hacia su jubilación.
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