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El Presidente rechaza el reclamo de SADAIC y ratifica los decretos que abren la puerta a la libre competencia en la gestión de derechos de autor. ¿Se viene una revolución para artistas y usuarios?
En una jugada que resuena como un verdadero terremoto en la industria cultural argentina, el Gobierno Nacional ha ratificado su decisión de desmantelar el histórico monopolio de SADAIC en la gestión de los derechos de autor y conexos. Mediante el Decreto 611/2025, el Presidente rechazó el "reclamo administrativo impropio" interpuesto por la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC), dejando en firme los polémicos Decretos 138/25 y 150/25.
La esencia de la reforma es simple pero revolucionaria: se abandona el modelo de representación exclusiva por parte de SADAIC y se consagra la libre elección por parte de los titulares de derechos para gestionar sus obras. Esto significa que los artistas, autores y compositores podrán elegir si gestionan sus derechos de forma individual o a través de una o más entidades autorizadas, fomentando la competencia y la eficiencia en el sector. Además, se eliminó la facultad de SADAIC de fijar unilateralmente los aranceles, promoviendo acuerdos entre usuarios y titulares de derechos.
SADAIC había impugnado estos decretos, alegando que eran nulos, que desconocían su "mandato legal" exclusivo y que violaban principios como la legalidad y la separación de poderes. Argumentaron que los decretos implicaban un "exceso reglamentario" y afectaban los derechos de los creadores sin haber sido oídos. Sin embargo, el Gobierno, respaldado por informes técnicos de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, fue contundente.
El Poder Ejecutivo Nacional sostuvo que la Ley 17.648, que reconoce a SADAIC, nunca le otorgó un carácter exclusivo a su mandato. Afirmó que, en un contexto de avance tecnológico y nuevas formas de difusión, era "necesario actualizar la normativa" para generar un "sistema competitivo". La meta es clara: eliminar toda limitación a la libertad de elección del titular de derechos y promover un entorno de libre competencia que beneficie a los creadores. El decreto cita a la Corte Suprema, recordando que "no existen derechos absolutos" y que la modificación de normas de igual jerarquía no da lugar a cuestiones constitucionales.
Para los autores y compositores, esto podría significar una mayor libertad y mejores condiciones al poder elegir quién administra sus derechos, o incluso hacerlo ellos mismos. La competencia entre entidades podría derivar en servicios más eficientes, transparentes y con mejores porcentajes de recaudación. Para los usuarios de música (radios, bares, plataformas), la posibilidad de negociar aranceles directamente o con diversas entidades podría simplificar procesos y reducir costos, rompiendo con la rigidez del esquema anterior.
"El propósito fue eliminar toda limitación a la libertad de elección del titular de derecho de autor y derechos conexos, en cuanto al modo de gestionar los mismos, y generar un entorno de libre competencia para aquellas entidades que quieran administrar derechos de terceros."
Esta medida abre la puerta a un nuevo paradigma en la gestión de la propiedad intelectual, donde la autonomía del creador y la eficiencia del mercado se imponen sobre los esquemas de representación única. SADAIC ahora tiene expedita la vía judicial, lo que augura una batalla legal de proporciones épicas que seguirá de cerca el mundo del arte y la cultura en Argentina. Los artistas, más que nunca, deberán informarse sobre sus opciones y los cambios que se avecinan para capitalizar esta nueva libertad.