Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
El Ministerio de Economía revoluciona el Régimen de Importación para Proyectos de Inversión, abriendo la puerta a la generación de energía eléctrica y simplificando trámites para empresas. Una medida que busca impulsar la competitividad, pero que endurece las sanciones para quienes no cumplan.
El Boletín Oficial nos trae una noticia explosiva que impactará directamente en el bolsillo de las grandes empresas y, potencialmente, en la matriz productiva del país. La Resolución 938/2025 del Ministerio de Economía, firmada por Luis Andrés Caputo, mete mano en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de Grandes Proyectos de Inversión, ese salvavidas para la renovación industrial que data del año 2000.
La medida trae modificaciones jugosas. La más resonante es la inclusión explícita de los proyectos para la generación de energía eléctrica dentro de los beneficios del régimen. Esto es un guiño claro al sector energético, que podrá importar bienes nuevos con ventajas, buscando fortalecer la infraestructura y la oferta de energía en Argentina. Además, se simplifica la exigencia de inversiones locales: ahora, las empresas deberán adquirir bienes nuevos de origen local por un monto igual o superior al DIEZ POR CIENTO (10 %) del valor FOB total de los bienes importados, con una valuación más clara de los bienes nacionales.
Otro punto clave es la flexibilización en los plazos de posesión de los bienes importados, que ahora no se extenderá más allá de la liberación o ejecución de garantías, un alivio burocrático para las empresas. Y para aquellos proyectos colgados desde hace años, la resolución otorga una prórroga extraordinaria para las rendiciones de cuentas hasta el 31 de diciembre de 2026, o seis meses después de la aprobación/vencimiento, dependiendo el caso. Un respiro para limpiar expedientes viejos.
Pero no todo es miel sobre hojuelas. La resolución también endurece las condiciones de incumplimiento. Desde el silencio ante requerimientos de la Autoridad de Aplicación hasta la no presentación de rendiciones de cuentas o diferencias en las cantidades importadas, todo puede derivar en la ejecución total de las garantías. La frutilla del postre: si se detecta información irregular o uso indebido de las constancias de trámite, la empresa será inhabilitada por TRES (3) años para solicitar los beneficios del régimen. Un "ojo por ojo" que busca poner orden y evitar avivadas.
En síntesis, esta resolución es un acto de equilibrio: busca incentivar inversiones estratégicas, especialmente en energía, facilitando ciertos trámites, pero al mismo tiempo, establece un marco de control y sanciones más estricto. Un mensaje claro del Ministerio de Economía para dinamizar la producción con reglas más transparentes y firmes.