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Un expediente previsional se convirtió en un drama con dos fallecimientos en cadena. El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS) finalmente reconoce derechos jubilatorios y pensionarios *post mortem* en un caso que expone las demoras y el laberinto administrativo. ¿Quién cobrará ahora?
El Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires nos trae una historia que parece sacada de un guion de cine, pero es la cruda realidad burocrática. La Resolución N° 30.604 del IPS revela el insólito derrotero de un trámite previsional que terminó en una doble tragedia.
Todo comenzó con la solicitud de Jubilación Ordinaria de Claudia Marcela D’ALESSIO (DNI N° 14.726.204), empleada municipal de San Miguel con 37 años de antigüedad. Lamentablemente, Claudia falleció mientras su expediente estaba en curso. Pero el drama no terminó ahí: su cónyuge, Horacio Rubén GARCIA (DNI N° 14.222.728), solicitó la pensión correspondiente, y también falleció antes de que su trámite concluyera.
"Un recordatorio sombrío de la lentitud administrativa frente a la inexorable marcha del tiempo."
¿Qué significa esta resolución? El IPS, con la vista del Fiscal de Estado, reconoce a posteriori los derechos que les asistían a ambos. A Claudia se le reconoció el derecho a la jubilación (75% del sueldo de Categoría 17) desde el 2 de enero de 2022 hasta su fallecimiento el 5 de noviembre de 2022. A Horacio, la pensión (56% del mismo sueldo) desde el 6 de noviembre de 2022 hasta su fallecimiento el 23 de septiembre de 2025.
El impacto: Este caso, aunque individual, es un reflejo de los desafíos que enfrentan muchos ciudadanos con los trámites previsionales. La buena noticia es que, a pesar de las demoras y los desenlaces fatales, los derechos se reconocen, y las sumas resultantes serán declaradas de legítimo abono a favor de los herederos legales. Esto subraya la importancia de tener la documentación de herederos en regla, ya que son ellos quienes finalmente percibirán estos montos.
Para el ciudadano común: Si estás tramitando tu jubilación o pensión, este caso es una advertencia. Asegurate de tener toda la documentación en orden y, si es posible, consultá con expertos. Los plazos pueden ser extensos, y la vida, impredecible. Estar informado sobre los derechos y los procedimientos de apelación (artículo 74 del Decreto-Ley N° 9650/80) es crucial.
Para futuras actualizaciones, siempre es recomendable consultar el Boletín Oficial y los canales oficiales del IPS.