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El Ministerio de Capital Humano homologa ajustes paritarios clave para sectores estratégicos. Desde energía hasta aerocomerciales, ¿estos acuerdos traen alivio o son solo un parche en la compleja trama económica? Un vistazo a la letra chica de los convenios que impactan en miles de bolsillos.

El Boletín Oficial de hoy trae novedades para miles de trabajadores de la energía y el sector aerocomercial, con la registración de acuerdos salariales que buscan actualizar los ingresos. La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, dependiente del Ministerio de Capital Humano, ratificó tres convenios colectivos cruciales.
Primero, se oficializó el acuerdo entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA (APJAE) y EMPRESA DISTRIBUIDORA SAN LUIS SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESAL S.A.). Este pacto, del 22 de noviembre de 2024, introduce modificaciones salariales para los empleados jerárquicos de la distribuidora de energía de San Luis, bajo el CCT de Empresa Nº 1492/15 “E”.
Luego, se registró el acuerdo de la UNION DEL PERSONAL SUPERIOR Y PROFESIONAL DE EMPRESAS AEROCOMERCIALES con INTERBAIRES SOCIEDAD ANONIMA. Enmarcado en el CCT de Empresa N° 58/92 “E”, establece nuevas condiciones salariales. La Disposición 1948/2025 aclara que la registración es sin perjuicio de la aplicación del Artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo, y las contribuciones empresarias al sindicato deben tener administración especial.
Finalmente, la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA (APUAYE) y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE MENDOZA SOCIEDAD ANONIMA (EDEMSA) también vieron homologados sus acuerdos de incrementos salariales. Estos pactos, de 2022, actualizan los sueldos en el marco del CCT de Empresa N° 1251/11”E”.
Estos registros son pasos administrativos que validan los acuerdos paritarios, brindando seguridad jurídica. Para los empleados, confirma los aumentos negociados. Para las empresas, formaliza los nuevos costos laborales. En todos los casos, la Dirección Nacional evaluará la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones para calcular el tope indemnizatorio (Artículo 245 de la Ley Nº 20.744), un detalle técnico vital para futuras desvinculaciones. La mención de "inexistencia de delegados de personal" en EDESAL S.A. es un dato relevante sobre la dinámica interna de esa empresa. Estos actos reflejan el funcionamiento continuo del sistema de negociación colectiva en Argentina.