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El Ministerio de Capital Humano homologó un insólito acuerdo entre UTEDYC y el Sindicato de Luz y Fuerza Capital Federal, donde este último, en rol de empleador, pagará una gratificación extraordinaria a su personal.
Un giro inesperado en el panorama laboral: la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, dependiente del Ministerio de Capital Humano, oficializó, mediante la Disposición 1171/2025, un acuerdo para el pago de una gratificación extraordinaria. Lo llamativo es que el pacto se celebró entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC), como parte sindical, y el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA CAPITAL FEDERAL, actuando en este caso como ¡empleador!
Este acuerdo, que se enmarca en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 360/03, establece una suma adicional para el personal del Sindicato de Luz y Fuerza Capital Federal. Es una situación particular ver a una organización sindical en el rol de empleador, pactando condiciones salariales con otro gremio para su propio staff. La medida subraya la complejidad del entramado laboral argentino, donde las organizaciones gremiales no solo defienden a sus afiliados, sino que también, en ocasiones, emplean personal.
El Ministerio de Capital Humano, al homologar el acuerdo, hizo una aclaración importante: más allá de cómo se pacten las sumas, siempre será aplicable lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo), que regula la naturaleza salarial de las remuneraciones. Esto es clave para determinar si la gratificación se considera parte del salario a efectos de aportes, contribuciones y cálculo de indemnizaciones. Un detalle fundamental para el personal beneficiado.
18 de febrero de 2026
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