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La Aduana de Colón no perdona: Itai Dov Sobol y Hernán Pedro Giménez condenados a comiso de un Jeep Grand Cherokee y multas millonarias por evasión de tributos aduaneros.
La Aduana de Colón ha resuelto la condena del Sr. Itai Dov SOBOL y la responsabilidad solidaria de Hernán Pedro GIMÉNEZ por una grave infracción aduanera. Esta sentencia implica el comiso de una camioneta JEEP Grand Cherokee (año 1997, matrícula “4MNE313”, chasis Nº 1J4GX78Y6VC696215), una multa de $24.087,08 y la confirmación de una liquidación tributaria de U$S 2.975,55 por derechos de importación adeudados.
Este caso es un claro mensaje de la Aduana: la evasión de tributos y el contrabando tienen consecuencias severas. Para los ciudadanos y empresas que operan legalmente, es una señal de que el control aduanero sigue activo y que las infracciones se persiguen. Para los involucrados, significa la pérdida del bien y una importante carga económica.
La mercadería comisada (el vehículo) será puesta a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación o, en su defecto, comercializada o destruida. La infracción se enmarca en el artículo 970, apartados 1º y 2º del Código Aduanero (Ley Nº 22.415), que tipifica el contrabando. La resolución data del 11 de noviembre de 2024 y ahora se notifica públicamente. El hecho de que se busque un responsable solidario (Hernán Pedro Giménez) subraya la rigurosidad en la búsqueda de cumplimiento.
La Aduana de Colón demuestra mano dura contra el fraude fiscal y el ingreso irregular de bienes. La confirmación de la liquidación tributaria y la multa, sumado al comiso, buscan disuadir futuras infracciones. La posibilidad de apelar ante el Tribunal Fiscal de la Nación o la Justicia Federal dentro de 15 días hábiles es la última instancia para los condenados. Si no abonan el importe en ese plazo, se iniciará un procedimiento de ejecución.
Este caso resalta la importancia de cumplir con todas las normativas aduaneras al importar vehículos o cualquier otro bien, y de estar atento a las responsabilidades solidarias. El costo de una infracción puede ser exponencialmente mayor que el tributo original evadido.