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La Subsecretaría de Transporte bonaerense aplica duras sanciones a empresas de colectivos. Personal sin registrar y servicios no autorizados, en el centro de la polémica. ¿Quién asume el costo de la informalidad en nuestras rutas?
¡Escándalo en las rutas bonaerenses! La Subsecretaría de Transporte de la Provincia de Buenos Aires no da tregua y castiga con mano dura a las empresas de transporte de pasajeros que incumplen la normativa. El Boletín Oficial de hoy revela una serie de sanciones que ponen en jaque la operación de colectivos en la provincia, destacando la implacable fiscalización sobre un sector clave para miles de ciudadanos.
En una de las disposiciones, la autoridad provincial aplicó una multa de Pesos Quinientos Setenta y Un Mil Trescientos Veinte ($571.320) en el marco de la Ley N° 16378/57. Este monto, que no es menor, subraya la seriedad con la que se están tomando las infracciones, y sirve de advertencia general para todo el sector. Aunque el texto no especifica el nombre del sancionado para esta medida particular, el mensaje es claro: la fiscalización está activa. Los infractores tienen un plazo de diez (10) días hábiles para recurrir la decisión o veinte (20) días para abonar el monto, con la posibilidad de adherirse a un Régimen de Regularización de Deudas para pagar en cuotas.
La empresa Teves Turismo S.R.L. (CUIT 30-71609684-6) recibió un golpe de Pesos Ciento Cuarenta y Seis Mil Novecientos Cuarenta y Cuatro ($146.944), resultantes de dos multas de $73.472 cada una, por una falta gravísima: permitir que personal no inscripto en el Registro de Trabajadores del Transporte operara sus unidades. El operativo de control, realizado el 19 de abril de 2025 en la Ruta Provincial N° 2 KM400, General Pueyrredón, descubrió que los conductores, Franco, David Osvaldo Fabian (DNI N° 28.842.979) y Milanesi, Gustavo Carlos (DNI N° 26.786.115), carecían del R.S.P.P.P. El vehículo, Dominio KEB197, interno 114, realizaba un servicio de Lomas de Zamora a Mar del Plata con 52 pasajeros. La empresa no presentó descargo, lo que llevó a la confirmación de la sanción bajo el artículo 315 del Decreto N° 6864/58.
Por su parte, la Empresa de Transporte de Pasajeros Ko-Ko S.R.L. (CUIT: 30-56394131-2), con base en Río Negro, fue multada por realizar un servicio intercomunal sin autorización. El Acta de Comprobación N.º 2438, labrada el 22 de febrero de 2025 en la Ruta Provincial N°11 Km 308 (La Costa), detectó que el vehículo Dominio AA333JA, interno K59674, transportaba 59 pasajeros desde José C. Paz hasta Villa Gesell sin los permisos correspondientes. Al igual que en el caso anterior, la falta de descargo consolidó la sanción, aplicada conforme al artículo 211 del Decreto N° 6864/58. Es importante señalar que el monto exacto de la multa para Ko-Ko S.R.L. no se especifica en la parte final del texto provisto, pero se inscribe en la misma lógica de firmeza regulatoria.
Estas medidas no solo implican un costo económico para las empresas, sino que también envían un mensaje claro: la seguridad y la formalidad en el transporte público son innegociables. Para los ciudadanos, estas fiscalizaciones buscan protegerlos, asegurando que quienes los transportan cumplan con todas las exigencias legales. La Subsecretaría ofrece canales para consultas y regularización, pero la advertencia es clara: las infracciones se pagan, y caro.