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La Agencia Nacional de Seguridad Vial rompe barreras y modifica los criterios de aptitud psicofísica, permitiendo que personas con anacusia o hipoacusia severa conduzcan vehículos particulares con adaptaciones. ¡Un paso gigante hacia la inclusión en las rutas argentinas!
¡Histórico! La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) ha dictado la Disposición 300/2025, una medida que derriba prejuicios y abre caminos para miles de argentinos. A partir de ahora, las personas con anacusia (pérdida total de audición) o hipoacusia severa serán consideradas aptas para obtener y renovar la Licencia Nacional de Conducir en categorías particulares (clases A, B y G), ¡siempre y cuando sus vehículos cuenten con las adaptaciones correspondientes!
La normativa anterior de la Disposición ANSV N°207/09, que reglamenta el Sistema Nacional de Licencias de Conducir, había dejado a muchos fuera del volante. Sin embargo, un profundo análisis técnico de la Dirección Nacional de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito reveló que la anacusia no representa una mayor peligrosidad al conducir. De hecho, estas personas suelen desarrollar una mayor capacidad visual y atención selectiva, compensando la falta de audición. La clave estará en la adaptación del vehículo, que deberá incorporar un espejo retrovisor panorámico parabólico acoplado al retrovisor interno, ampliando significativamente el campo visual del conductor.
Este cambio no solo es un acto de justicia social, sino que también impulsa la autonomía y la inclusión de un sector de la población que hasta ahora enfrentaba una barrera insalvable para la movilidad personal. La ANSV sentó un precedente al reconocer que la idoneidad para conducir no se basa únicamente en la capacidad auditiva, sino en una evaluación funcional integral.
Además, la disposición corrige errores materiales en los requisitos para licencias profesionales, especificando que el Electrocardiograma (ECG) y el Electroencefalograma (EEG) con informe solo serán obligatorios para ingresantes o personas con antecedentes, simplificando trámites para renovaciones sin historial de riesgo.
"La determinación de la aptitud para conducir no debe basarse exclusivamente en la capacidad auditiva de la persona, sino en criterios de idoneidad funcional", argumentó la ANSV.
Este es un triunfo para la igualdad de oportunidades y un claro mensaje de que la seguridad vial puede ir de la mano con la inclusión. ¡Un aplauso para esta medida que pone a la Argentina a la vanguardia!