La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, con la Resolución 73/2025, ha desatado una verdadera tormenta desreguladora en el sector del transporte automotor de pasajeros. Esta medida sustituye varios artículos clave de la resolución 57/2024, buscando mayor flexibilidad y agilidad para los trámites de inscripción y la operación de los servicios, en línea con los decretos 830/2024 y 883/2024 que promueven un régimen más libre.
¿Qué Cambia y Quiénes Ganan?
- Transporte Internacional más Ágil: Se aclara que los servicios ocasionales internacionales en circuito cerrado se enmarcan en el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre (ATIT), simplificando su operación.
- Flexibilidad para Pequeños Transportistas: Ahora, una persona humana puede inscribirse en el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros acreditando la titularidad de al menos el 50% de un vehículo o contrato de leasing. Esto facilita el ingreso de pequeños emprendedores, aunque si poseen más de cinco vehículos, deberán constituirse como persona jurídica.
- Adiós a Trabas Laborales en Acuerdos: Se elimina la exigencia de homologación de acuerdos de coordinación para el uso indistinto de personal. Ahora, los transportistas solo serán responsables del cumplimiento de las normas laborales, quitando un obstáculo burocrático que había sido criticado por cámaras empresarias.
- Vehículos para Todo Terreno: Una de las novedades más esperadas es la admisión de vehículos categorías N1, N2 y N3 (tipo 4x4 y 6x4), modificados para el transporte de pasajeros en circuitos con caminos de ripio o tierra, zonas agrestes o de montaña. Esto es un game changer para la actividad minera, hidrocarburífera y el turismo de aventura, que demandaban unidades robustas.
- Libertad de Diseño de Motores: Se deroga la restricción de motor trasero para los servicios interjurisdiccionales, permitiendo que el motor se ubique en cualquier parte de la unidad, siempre que cumpla con el aislamiento termoacústico y las normas de seguridad. También se abre la puerta a propulsiones híbridas, eléctricas o cualquier otra tecnología.
- Oferta Libre Simplificada: Se simplifican los requisitos para los servicios de "Oferta Libre", pidiendo menos detalles para los servicios eventuales o de prestación única, fomentando la espontaneidad y adaptabilidad.
Esta resolución es un claro guiño a la iniciativa privada y a la competencia, buscando que más actores se sumen a la actividad y que la oferta de servicios se adapte mejor a las diversas necesidades del país, desde las grandes ciudades hasta los rincones más remotos. Menos Estado, más mercado en las rutas argentinas.