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El Tribunal Fiscal de la Nación declaró en rebeldía a CINTELBA SA en un recurso de apelación, tras no presentarse a pesar de las intimaciones. Las consecuencias legales podrían ser significativas para la empresa.
Un nuevo capítulo se abre en los tribunales, y esta vez, la protagonista es la ausencia. El Tribunal Fiscal de la Nación, Sala E, Vocalía de la 13ª Nominación, a cargo del Dr. Juan Manuel Soria, ha dictado una resolución crucial en el expediente “CINTELBA SA s/ recurso de apelación” (Expte. Nº 36.831-A). La decisión: declarar a la empresa CINTELBA SA en rebeldía.
La resolución, fechada el 26 de septiembre de 2025, establece que "no habiendo comparecido persona alguna en las presentes actuaciones, a pesar de la intimación cursada mediante EDICTOS, por lo que se hace efectivo el apercibimiento dispuesto por el artículo 53 inciso 2° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, debiendo continuarse el juicio en rebeldía".
Esto implica que, a pesar de haber sido debidamente notificada a través de publicaciones edictales, CINTELBA SA no se presentó ante el Tribunal. Como consecuencia, el proceso judicial continuará su curso sin la participación activa de la empresa, basándose en la prueba ya presentada y en las argumentaciones de la parte acusadora. Para CINTELBA SA, esta situación es sumamente delicada, ya que la declaración de rebeldía suele acarrear consecuencias desfavorables en el litigio, al perder la oportunidad de defenderse o de presentar nueva prueba. La falta de comparecencia podría interpretarse como una aceptación tácita de los cargos o una desidia que el tribunal penalizará. Los antecedentes procesales de la empresa, ahora en rebeldía, serán un factor clave en la decisión final del Tribunal Fiscal. Este caso destaca la importancia de la proactividad en los procesos judiciales y las graves implicaciones de ignorar las citaciones de la justicia. Para los ciudadanos, es un recordatorio de que la inacción legal puede tener un alto costo.
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