Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
El Ministerio de Capital Humano oficializa una batería de acuerdos salariales y beneficios para trabajadores de Luz y Fuerza, Publicidad, Ferrocarriles, Petróleo, Telecomunicaciones, Prensa y Peluquería. ¿Quiénes ganan y quiénes ajustan?

El Boletín Oficial de hoy trae una avalancha de resoluciones que afectan directamente el bolsillo de miles de trabajadores argentinos. La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano, ha homologado y registrado una serie de convenios colectivos y acuerdos salariales que venían negociándose en distintas industrias, desde la energía hasta los servicios personales. Estas medidas, si bien son trámites administrativos de rutina, son el resultado de intensas negociaciones que buscan mantener el poder adquisitivo en un contexto económico desafiante o, en algunos casos, otorgar sumas extraordinarias.
Luz y Fuerza (Disposición 2419/2025): La Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza y el Sindicato de Luz y Fuerza de Santiago del Estero lograron una gratificación extraordinaria por única vez con la Empresa Distribuidora de Electricidad de Santiago del Estero S.A.. Un respiro para los trabajadores del sector eléctrico.
Publicidad (Disposición 2359/2025): El Sindicato Único de la Publicidad y Agencias Argentinas de Comunicación Publicitaria Asociación Civil actualizaron las condiciones salariales del CCT N° 57/89. Se espera que esta homologación impacte en la estructura de costos de las agencias y en el ingreso de los publicistas. Además, se evaluará el tope indemnizatorio, un punto siempre sensible para las empresas.
Ferrocarriles (Disposición 2420/2025): La Asociación del Personal de Dirección de los Ferrocarriles Argentinos (APDFA) y Ferrosur Roca S.A. acordaron una suma extraordinaria no remunerativa. El Ministerio hizo la salvedad, recordando el Artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo, que establece el carácter remunerativo de las sumas, independientemente de cómo las pacten las partes. ¡Ojo con las sumas 'no remunerativas' que la ley las mira con lupa!
Petróleo y Gas (Disposición 2360/2025): El Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Río Negro, Neuquén y La Pampa junto a la Cámara de Exploración y Producción de Hidrocarburos y la Cámara de Servicios Petroleros (ex Cámara de Empresas de Operaciones Petroleras Especiales) pactaron un nuevo coeficiente zonal para el CCT N° 644/12. Esto es clave para los salarios en las zonas productivas, donde el costo de vida suele ser más alto. Otro punto a evaluar es el tope indemnizatorio.
Telecomunicaciones (Disposición 2437/2025): La Federación de Obreros, Especialistas y Empleados de los Servicios e Industria de las Telecomunicaciones de la República Argentina (FOEESITRA) y Telecom Argentina S.A. sellaron nuevas condiciones salariales bajo el CCT de Empresa N° 538/03 “E”. Similar al caso ferroviario, se advierte sobre el carácter remunerativo de las sumas y se analizará el tope indemnizatorio.
Prensa de Rosario (Disposición 2361/2025): El Sindicato de Prensa de Rosario y varias empresas de medios (Editorial Diario La Capital S.A., Voces S.A., Televisión Litoral S.A., Televisión Federal S.A.) ajustaron escalas salariales para el CCT N° 153/91. Dato curioso: la Disposición corrige un error material en la fecha de aplicación de un aumento, pasando de marzo de 2023 a marzo de 2024. ¡Hasta en el Boletín Oficial se cuelan los errores! Además, se aclara que, para los periodistas, no se calcula el tope indemnizatorio por leyes especiales.
Trabajadores del Turf (Disposición 2446/2025): La Unión de Trabajadores del Turf y Afines y la Federación Argentina de Jockey Clubes e Hipódromos homologaron nada menos que seis acuerdos con modificaciones salariales para el CCT N° 645/12. Un sector que pisa fuerte para no quedarse atrás. También se recuerda la aplicación del Artículo 103 de la LCT.
Peluquería (Disposición 2452/2025): La Federación Nacional de Trabajadores de Peluquería, Estética y Afines y diversas cámaras patronales (Centro de Patrones Peluqueros de Buenos Aires, Confederación General de Peluqueros y Peinadores de la República Argentina, Federación Bonaerense de Peluqueros y Peinadores y Afines) pactaron nuevas condiciones salariales en el marco del CCT N° 730/15. Un sector que, aunque parezca menor, es vital para la economía de servicios.
Estas homologaciones son la prueba de que, a pesar de las directrices de austeridad o desregulación, la negociación colectiva sigue siendo un pilar fundamental en las relaciones laborales argentinas. Los trabajadores y las empresas ajustan sus números, y el Estado, a través del Ministerio de Capital Humano, sigue siendo el árbitro final de estos acuerdos. Para los ciudadanos, es un recordatorio de la importancia de los sindicatos y las cámaras empresarias en la configuración del mercado laboral.
"La homologación de estos acuerdos no solo valida las negociaciones entre partes, sino que también subraya el rol activo del Estado en la supervisión de las condiciones laborales, garantizando la legalidad y equidad de lo pactado." - Análisis de expertos laborales.
Para estar al tanto de futuras actualizaciones, se recomienda seguir el sitio web del Boletín Oficial y los comunicados de los gremios y cámaras empresarias de cada sector.