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El Boletín Oficial homologa un acuerdo salarial y una suma extraordinaria para los trabajadores de televisión, telecomunicaciones, servicios audiovisuales e interactivos. SATTSAID y la Asociación Argentina TIC cierran un pacto clave. ¡Atención al detalle de las sumas "no remunerativas"!
La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo ha dado luz verde a un significativo acuerdo que impacta en el vibrante mundo de la televisión, las telecomunicaciones y los servicios audiovisuales. La Disposición 2464/2025 homologa el acuerdo salarial y un Acta Complementaria celebrados entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISIÓN, TELECOMUNICACIONES, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (SATTSAID) y la ASOCIACION ARGENTINA TIC, VIDEO & CONECTIVIDAD. Este pacto se enmarca en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 223/75.
El corazón del acuerdo son las nuevas condiciones salariales y el pago de una suma de carácter no remunerativo, extraordinaria y por única vez. Aquí, nuevamente, la letra chica importa: el Ministerio advierte sobre el Artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, señalando que las sumas pactadas como 'no remunerativas' podrían tener otra consideración legal. Esta es una alerta roja para empleadores y empleados, que deben estar atentos a las implicaciones fiscales y de seguridad social.
Además, el acuerdo incluye una contribución empresarial a la entidad sindical, la cual deberá ser administrada y documentada de forma separada, conforme al Decreto N° 467/88. Este punto revela la complejidad de los convenios colectivos, que no solo definen salarios sino también aspectos de financiamiento sindical. Para los trabajadores de un sector tan dinámico y esencial, este acuerdo busca proteger su poder adquisitivo y establecer un marco de estabilidad, aunque la controversia sobre las sumas no remunerativas sigue latente.