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El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires no da tregua: impone multas millonarias a un particular y rechaza un recurso clave a una empresa por infracciones. ¿Transporte benévolo o privado? ¡La polémica está servida y el bolsillo de los infractores, golpeado!
La Dirección Provincial de Fiscalización del Transporte del Ministerio de Transporte de la provincia de Buenos Aires ha desatado una ola de sanciones que sacude al sector. En un caso impactante, el Sr. Pebacini Issaias Exequiel (DNI 35.355.498) fue multado con $5.287.788 por una infracción al Decreto N° 6864/58. Una cifra que no solo golpea el bolsillo individual, sino que marca la pauta de la rigurosidad fiscalizadora en la provincia.
La empresa AEROTAN SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-60516200-9), ya sancionada en octubre de 2024, vio cómo su Recurso de Revocatoria era rechazado sin contemplaciones. La compañía sostenía que el traslado de su propio personal, sin fines de lucro, debía considerarse "Transporte Benévolo", una interpretación que contrastaba con la visión oficial. Sin embargo, la autoridad provincial fue contundente: el recurso se presentó fuera de plazo y, además, clasificó el transporte de Aerotan como "Transporte Privado" según el Decreto N° 6864/1958. Esta distinción es crucial y sienta un precedente importante.
Estas resoluciones son una severa advertencia para todo el ámbito del transporte bonaerense. Las empresas que trasladan a su personal deben revisar con lupa la clasificación de sus servicios para evitar caer en costosas infracciones. La diferencia entre "Transporte Benévolo" y "Transporte Privado" no es un detalle menor; es la línea que separa la legalidad de una multa millonaria.
Los afectados tienen diez (10) días hábiles para recurrir o veinte (20) días hábiles para pagar la multa, con la opción de adherirse al “Régimen de regularización de deudas”. El mensaje es claro: la provincia de Buenos Aires refuerza su control y no tolerará ambigüedades en la normativa de transporte.
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