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El Mercosur no se detiene: Argentina oficializó la entrada en vigor de diez nuevos protocolos al Acuerdo de Complementación Económica N° 18. Pequeñas letras que pueden significar grandes cambios para el comercio regional.
¡Atención, empresarios y comerciantes del Cono Sur! El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto ha puesto en el candelero la entrada en vigor de una batería de diez nuevos protocolos adicionales al Acuerdo de Complementación Económica N° 18 (AAP.CE/18), el pilar fundamental del comercio entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. Lo que parecen meros trámites burocráticos, son en realidad los engranajes que ajustan la maquinaria del Mercosur, y su impacto puede sentirse en las balanzas comerciales y en los bolsillos de quienes hacen negocios en la región.
Se trata de los Centésimo Nonagésimo Protocolo Adicional - Apéndices 154 a 162, y el Ducentésimo Vigésimo Primer Protocolo Adicional del AAP.CE/18. Aunque el Boletín Oficial no detalla su contenido específico (remite a los anexos web), la naturaleza de estos acuerdos suele implicar:
Todos estos protocolos fueron celebrados en Montevideo en 2025 (la mayoría el 22 de octubre, uno el 12 de marzo) y entraron en vigor el 20 de diciembre de 2025. Esto significa que ya están plenamente operativos y sus disposiciones deben ser aplicadas por los operadores de comercio exterior.
Para las empresas que importan o exportan bienes dentro del Mercosur, estos protocolos pueden representar oportunidades o desafíos. Un cambio en un arancel puede hacer que un producto sea más competitivo o, por el contrario, más caro. Una nueva regla de origen puede obligar a modificar procesos productivos o cadenas de suministro.
Aunque no requirieron aprobación legislativa, su publicación en el Boletín Oficial es el paso final para su plena aplicación. Es un recordatorio de que el Mercosur es un organismo vivo, en constante evolución, y que los actores económicos deben estar siempre atentos a los detalles finos que se cuecen en las mesas de negociación y se oficializan en estos documentos.
Consejo: Las empresas con operaciones en el Mercosur deben revisar los anexos de estos protocolos en la web del BORA para entender el impacto específico en sus productos y sectores. ¡El diablo está en los detalles! Para futuras actualizaciones, se recomienda consultar regularmente la sección de Tratados y Convenios Internacionales del Boletín Oficial y los portales de comercio exterior.