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El Ministerio de Transporte bonaerense arremete contra servicios irregulares. Una empresa de Monte Grande recibe una doble imputación, mientras dos particulares son sancionadas con multas de cientos de miles de pesos por operar sin autorización. La fiscalización se endurece y la informalidad está en la mira. ¡Se acabó la joda!
La Dirección Provincial de Fiscalización del Transporte del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires ha puesto el ojo en los servicios intercomunales sin autorización, generando revuelo y preocupación entre transportistas informales y empresas. En un reciente boletín, se revocó una imputación inicial contra la firma Monte Grande Bus S.A.S. (CUIT 30-71658606-1), solo para volver a imputarla por la misma infracción: operar sin la debida autorización. Esta empresa ahora tiene diez días hábiles para presentar su descargo, un respiro que podría ser clave para su futuro operativo.
Pero la mano dura no se hizo esperar para los particulares. Cintia Magalí Pineda (DNI 36.315.392), con domicilio en Merlo, fue sancionada con una multa de $571.320 por ofrecer un servicio desde Marcos Paz hasta Santa Teresita con 14 pasajeros a bordo en un vehículo Dominio AE608HT. El operativo de control que la descubrió tuvo lugar en la Ruta Provincial N° 11, KM 308, en La Costa, el 25 de enero de 2025. Al no presentar descargo, la sanción se hizo efectiva. Pineda tiene un plazo de diez días para recurrir la decisión y veinte días para abonar la multa, con la posibilidad de adherirse a un régimen de pagos en cuotas.
En una situación similar, María Antonia Mora González (DNI 93.943.903), de San Miguel, también fue objeto de una sanción por realizar un servicio sin autorización desde San Miguel hasta San Clemente con 10 pasajeros en un vehículo Dominio ITZ577. Su infracción fue detectada el 18 de enero de 2025, también en la Ruta Provincial N° 11, KM 308. Al igual que Pineda, Mora González no presentó descargo, lo que llevó a la confirmación de la sanción. Es importante destacar que el monto exacto de su multa no figura en el extracto del Boletín Oficial, pero se entiende que sigue la misma línea de rigor.
"Realizar servicios intercomunales sin autorización" es la infracción que persigue el artículo 211 del Decreto N° 6864/58, reglamentario del Decreto-Ley N° 16.378/57, la base legal para estas acciones.
Estas medidas reflejan una intensificación de los controles en el transporte bonaerense, buscando regularizar un sector donde la informalidad es moneda corriente. Para los ciudadanos, esto significa una mayor seguridad en los servicios habilitados, pero también un llamado de atención para quienes se dedican al transporte de pasajeros de manera informal. El Ministerio parece decidido a poner orden en las rutas provinciales, lo que podría generar un fuerte impacto en la oferta y demanda de transporte en la provincia. ¡Ojo con subirse a cualquier auto!