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El Ministerio de Capital Humano destraba un tope indemnizatorio clave para obreros del papel y cartón, pero la demora burocrática de más de dos años genera indignación y pone en jaque los derechos de los trabajadores en un contexto de inflación descontrolada.
Una medida que llega tarde, pero llega. El Ministerio de Capital Humano, a través de su Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo, finalmente fijó el importe promedio de las remuneraciones que servirá como tope indemnizatorio para los trabajadores de la industria del papel, cartón y químicos. Esta decisión, plasmada en la Disposición 408/2025, es crucial para calcular el monto máximo que un empleado puede recibir en caso de despido sin justa causa, tal como lo establece el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744.
Directamente, los beneficiados —o perjudicados por la demora— son los trabajadores afiliados a la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS y al SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE PAPEL MISIONERO S.A.I.F.C. (SOEPM), así como la empresa PAPEL MISIONERO SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL FORESTAL Y COMERCIAL. La fijación de este tope es un pilar fundamental para la estabilidad económica de los trabajadores ante un despido, y para la previsibilidad de costos de las empresas. Sin embargo, la sombra de la burocracia estatal planea sobre esta disposición.
El acuerdo que dio origen a esta disposición fue celebrado en julio de 2022, pero recién fue homologado en marzo de 2025, ¡una demora de más de dos años! Esta inexplicable dilación burocrática es el punto más crítico y polémico. En un país con una inflación galopante, dejar los valores de las remuneraciones y, por ende, los topes indemnizatorios, congelados por tanto tiempo, significa una licuación brutal del poder adquisitivo de una eventual indemnización. Es un golpe bajo para el bolsillo de los trabajadores.
La actualización de los topes indemnizatorios es un derecho inalienable de los trabajadores y una obligación legal del Estado. Pero la tardanza en estos procesos genera una incerteza jurídica y económica insoportable. Para el trabajador, un tope desactualizado significa una indemnización miserable, muy por debajo de lo que le correspondería con valores actuales. Para las empresas, la demora puede traducirse en ajustes retroactivos o, peor aún, en litigios costosos si los topes no se definen en tiempo y forma. Es un juego de perder-perder, donde la única ganadora parece ser la ineficiencia.
¡Ciudadano, ATENTO! Si sos parte de este convenio, este ajuste impacta directamente en tu potencial indemnización por despido. ¡Es tu derecho que estos valores se actualicen a tiempo! Exige a tu sindicato y a las autoridades que agilicen estos trámites para que la inflación no te robe lo que te corresponde. La justicia laboral no puede esperar.