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El IPS exige el pago de aportes diferenciales por servicios insalubres a una técnica laboratorista y una bioquímica. Con cifras que superan los $4 millones, estos casos marcan un precedente para el personal de salud que busca reconocer años de trabajo en condiciones de riesgo.
El Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires ha vuelto a ser noticia, esta vez por la validación de deudas millonarias en concepto de aportes personales diferenciales por servicios insalubres. Dos casos resonantes, el de la Técnica Laboratista Nancy Elizabeth KLEIN y la Bioquímica Carolina ODELLI, ponen en el tapete la compleja situación de los profesionales de la salud que buscan el reconocimiento de sus años de trabajo bajo condiciones de riesgo.
Nancy Elizabeth KLEIN, quien prestó servicios en el Hospital Zonal General de Agudos “Petrona V. de Cordero” de San Fernando entre 1999 y 2014, logró el reconocimiento de sus servicios insalubres. Sin embargo, este reconocimiento viene con un costo: se le declaró un cargo deudor de $4.108.452,67 por los aportes diferenciales no efectuados durante ese período. La profesional propuso un plan de pago en cuatro cuotas, el cual fue aceptado por el IPS, pero con la advertencia de que la falta de pago podría llevar a la caducidad y a la vía judicial de Apremio.
De manera similar, Carolina ODELLI, bioquímica del Hospital Zonal General “Manuel Belgrano” de General San Martín, obtuvo el reconocimiento de sus servicios insalubres entre 1999 y 2014. Su deuda por aportes diferenciales asciende a un total de $533.356,39. En su caso, el IPS la intima a proponer una forma de pago en un plazo de cinco días, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales y la confección de un Título Ejecutivo si no se cumple.
Estos casos demuestran la tensión entre el reconocimiento de derechos laborales y la sostenibilidad del sistema previsional. La normativa vigente (Decreto-Ley N° 9650/80, Decretos N° 58/15, N° 2198/01 y N° 2868/02) permite que ciertas tareas sean consideradas insalubres o diferenciales, lo que habilita regímenes jubilatorios especiales, pero a menudo implica el pago de aportes mayores que no siempre fueron realizados en tiempo y forma. El IPS, en aplicación de la Resolución N° 8/2018, calcula intereses sobre estas deudas, que pueden engrosar significativamente el monto final.
Para los profesionales de la salud, es fundamental:
La deuda deberá estar cancelada antes de que el beneficiario pueda gozar plenamente de su jubilación.