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El Ministerio de Capital Humano establece el límite para las indemnizaciones en el sector del cuero, una medida crucial para trabajadores y empresas manufactureras.
Con la firma de Mara Agata Mentoro, la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo ha emitido una Disposición que fija el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio para la industria del cuero. Esta decisión, fruto del acuerdo entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL CUERO Y AFINES (FATICA), el SINDICATO DE EMPLEADOS, CAPATACES y ENCARGADOS DE LA INDUSTRIA DEL CUERO, el SINDICATO ARGENTINO DE LA MANUFACTURA DEL CUERO (SAMC) y la CÁMARA INDUSTRIAL DE LAS MANUFACTURAS DEL CUERO Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (CIMA), se enmarca en los Convenios Colectivos de Trabajo N° 212/75 y N° 251/75.
Este tope indemnizatorio es fundamental porque establece el valor máximo para el cálculo de la indemnización por despido sin causa, conforme al Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. Para los trabajadores de la industria del cuero, representa una referencia clara de sus derechos en caso de cese laboral. Para las empresas, brinda previsibilidad sobre sus costos y riesgos laborales.
Esta Disposición es el paso final tras la negociación colectiva y la homologación de las escalas salariales. En un sector con tanta tradición y peso en la economía argentina como la manufactura del cuero, la claridad en las reglas de juego laborales es vital para la estabilidad y el desarrollo. ¡Ajustarse el cinturón y conocer los detalles!
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