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El Congreso acaba de sancionar y el Ejecutivo promulgó la Ley 27.799, que dispara los montos para delitos tributarios hasta en *66 veces* y redefine plazos de prescripción. ¡Prepárense, contribuyentes! La evasión ahora sale carísima y el Estado tiene más tiempo para ir por ustedes.

Agárrense fuerte los bolsillos porque la Ley 27.799, flamante y ya promulgada por el Decreto 933/2025, acaba de reconfigurar el Régimen Penal Tributario y la Ley de Procedimientos Fiscales 11.683. Esta normativa, que entra en vigencia con su publicación el 2 de enero de 2026, no es para los débiles de corazón: multiplica de forma sideral los umbrales monetarios que definen los delitos de evasión simple, agravada y aprovechamiento indebido de subsidios.
Los cambios son drásticos y buscan poner al día los montos que la inflación había pulverizado. Por ejemplo:
El mensaje es claro: la tolerancia a la evasión se redujo drásticamente y su costo punitivo se disparó. Este ajuste de valores impacta a todos los contribuyentes, desde pequeños emprendedores hasta grandes corporaciones. Las empresas y los contadores deberán recalibrar sus estrategias de cumplimiento fiscal urgentemente, ya que el riesgo de caer en un delito penal tributario se amplifica con estos nuevos umbrales.
Pero eso no es todo. La ley también modifica los plazos de prescripción de las acciones del Fisco para determinar y exigir el pago de impuestos. Ahora, para contribuyentes inscriptos, el plazo general es de cinco (5) años, pero se reduce a tres (3) años si cumplen en término con sus declaraciones juradas y pagos, siempre que el organismo recaudador no detecte una 'discrepancia significativa' (más del 15% de diferencia o superando el umbral de evasión penal). Para los contribuyentes no inscriptos, el plazo se extiende a diez (10) años. En resumen, el Estado se da más margen para fiscalizar y cobrar deudas.
Además, se incorpora un 'blanqueo' de deudas para evitar la denuncia penal, permitiendo cancelarlas en forma incondicional y total con anterioridad a la formulación de la denuncia. Sin embargo, la extinción de la acción penal por pago posterior a la imputación requerirá un importe adicional equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la suma total. Esta ley busca modernizar los valores que quedaron obsoletos por la inflación, pero también otorga nuevas herramientas a la ARCA (antes AFIP) para perseguir la evasión. ¿El objetivo? Mayor recaudación y un golpe de timón contra la informalidad. ¡El control estatal se endurece!
4 de febrero de 2026

3 de abril de 2025
9 de febrero de 2026