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Problemas informáticos en la Comisión Arbitral obligaron a una prórroga de vencimientos de Ingresos Brutos. ¡Respiro para miles de empresas afectadas por la burocracia digital!
¡Atención, contribuyentes! La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18/8/77 acaba de ratificar una medida que trae un poco de aire fresco para quienes operan con los sistemas SIRCAR y SIRTAC. La Resolución General 18/2025 confirma la Disposición de Presidencia N° 11/2025, que dispuso tener por realizadas en término las presentaciones de declaraciones juradas y pagos de la primera quincena de septiembre/2025 que vencían entre el 22 y 24 de septiembre, siempre y cuando se hayan registrado hasta el viernes 26 de septiembre del corriente año.
¿La razón? "Inconvenientes técnicos extraordinarios y ajenos a la responsabilidad de la Comisión Arbitral". En criollo: se les cayó el sistema, y en lugar de castigar a los contribuyentes, decidieron darles una mano. Esta medida beneficia directamente a los agentes de retención y percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que utilizan estas plataformas para cumplir con sus obligaciones fiscales.
¿Cómo afecta esto a la sociedad y las empresas? Este tipo de decisiones son un bálsamo en un contexto económico complejo. Evita que miles de empresas, grandes y pequeñas, sean penalizadas con multas y recargos por fallas que escapan a su control. La burocracia digital, si bien busca eficiencia, a veces genera dolores de cabeza monumentales. La flexibilidad de la Comisión Arbitral, al reconocer el problema y actuar en consecuencia, es un gesto que merece destacarse y que alivia la carga administrativa de muchísimos negocios en todo el país. Es una muestra de que, a veces, el Estado puede ser empático con las dificultades que enfrentan los ciudadanos.
Información de valor para el lector: Si sos un agente de retención o percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y tuviste problemas para presentar tus declaraciones o pagos de la primera quincena de septiembre/2025 a través de SIRCAR o SIRTAC, y lo hiciste hasta el 26 de septiembre, ¡estás cubierto! No deberías recibir sanciones por ese retraso puntual.
Mantente informado: La Comisión Arbitral suele publicar este tipo de actualizaciones en su sitio web. Es crucial estar atento a sus comunicados, especialmente si operás con impuestos provinciales.
18 de febrero de 2026
18 de febrero de 2026

12 de diciembre de 2025