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La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) emitió una resolución de emergencia para rectificar "errores materiales involuntarios" en los anexos de la Resolución 227/2025, que fijaba las remuneraciones mínimas para la actividad del cáñamo en todo el país. ¿Qué tan graves eran los errores y cómo afectaban a los trabajadores?
En un movimiento que busca la transparencia y la precisión, la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) se vio obligada a publicar la Resolución 271/2025, con un objetivo claro: rectificar los anexos I, II y III de su propia Resolución N° 227 del 1° de octubre de 2025. Esta última había establecido las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad del cáñamo en todo el territorio nacional.
Según el texto oficial, se detectó un "error material involuntario" en los anexos de la resolución original. Esto implica que las cifras o detalles específicos sobre los salarios mínimos para los trabajadores del cáñamo no eran correctos y necesitaban ser ajustados. Si bien no se especifica la magnitud del error ni su dirección (si era a favor o en contra de los trabajadores), la corrección es crucial para garantizar la legalidad y la justa remuneración en un sector en crecimiento.
Para los trabajadores y empleadores de la actividad del cáñamo, esta medida significa que las tablas salariales que se estaban aplicando o que estaban por aplicarse, contenían inexactitudes. Es fundamental que revisen los nuevos anexos (disponibles en la edición web del Boletín Oficial) para asegurarse de que las remuneraciones se ajusten a lo que ahora establece la normativa. La CNTA, en su rol de regulador, actúa para evitar futuras disputas laborales y asegurar la correcta aplicación de la Ley N° 26.727, que rige el Régimen de Trabajo Agrario.
Consejo clave para el lector: Siempre verifique las últimas versiones de las resoluciones, especialmente cuando se anuncian rectificaciones, para evitar confusiones y asegurar el cumplimiento de la ley.
Partes importantes para ciudadanos comunes: Si usted trabaja o emplea personal en la actividad del cáñamo, debe consultar los anexos corregidos de la Resolución 271/2025 para conocer los salarios mínimos actualizados. La exactitud de estos datos es fundamental para el pago de haberes y las obligaciones patronales.
19 de agosto de 2025
19 de febrero de 2026
1 de octubre de 2025