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El Poder Ejecutivo endurece las reglas para las licitaciones públicas, ampliando las causales de inhabilitación a empresas involucradas en prácticas fraudulentas con organismos internacionales. ¡Se acabó la impunidad!
El Gobierno Nacional ha dado un golpe de timón en la lucha contra la corrupción en las contrataciones públicas. A través del Decreto 5/2026, se modifican dos normativas clave (Decretos N° 1030/16 y 1169/18) para asegurar que las empresas con antecedentes oscuros queden fuera del juego. ¿Qué cambió exactamente? Antes, la inhabilitación se ceñía al "cohecho transnacional" según la Convención de la OCDE, un criterio que resultaba impracticable porque las listas negras de bancos como el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) no especifican el tipo exacto de corrupción.
Ahora, la normativa es cristalina y contundente: cualquier persona humana o jurídica incluida en esas listas por "prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas, obstructivas, apropiación indebida y/o cualquier otra causal" será inelegible para contratar con el Estado Nacional. Esto significa un amplio espectro de delitos que antes podían pasar desapercibidos por una tecnicidad legal.
Para las empresas, esto implica una mayor exigencia de integridad. Ya no bastará con una declaración jurada; las jurisdicciones y entidades contratantes deberán verificar activamente que los oferentes no figuren en estas listas internacionales. Esto forzará a las compañías a mantener estándares éticos impecables si aspiran a ser proveedores del Estado, reduciendo la competencia desleal. Para los ciudadanos, es una noticia esperanzadora. El objetivo es claro: preservar la confianza en las instituciones públicas y garantizar que los recursos del Estado se utilicen de manera eficiente, sin desvíos por la corrupción.
Este decreto es un paso firme para alinear la legislación argentina con las mejores prácticas internacionales en la lucha anticorrupción, fortaleciendo la transparencia y la rendición de cuentas. Las empresas del sector de la construcción, servicios y provisión de bienes deben revisar sus antecedentes y prácticas internas con lupa.
"Toda contratación pública debe desarrollarse en un marco de integridad, transparencia, eficiencia y rendición de cuentas."
¿Cómo estar informado? Monitorear las publicaciones del Boletín Oficial y los sitios web del Banco Mundial y el BID es crucial para empresas y ciudadanos interesados en la transparencia. La medida comenzará a regir a los quince días corridos de su publicación, aplicando a los procedimientos de selección que se autoricen o convoquen a partir de esa fecha.