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La Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) otorga licencias a personal de instalaciones Clase I. Mientras la CNEA obtiene una controvertida excepción por deudas, otras entidades cumplen estrictamente. ¿Doble vara en el control atómico?
La Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) ha vuelto a encender los debates en el ámbito de la energía atómica con la publicación simultánea de dos resoluciones clave: la 624/2025 y la 628/2025. Ambas se refieren al licenciamiento de personal que opera en las sensibles Instalaciones Clase I, aquellas con mayor riesgo radiológico.
La Resolución 624/2025 ha generado un verdadero escándalo: otorga autorizaciones específicas a personal de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) a pesar de que este organismo estatal adeuda tasas regulatorias previstas en la Ley N° 24.804. La ARN justificó la medida por "razones de interés público", permitiendo el pago posterior con intereses punitorios. Esto plantea serios interrogantes sobre la equidad regulatoria y si se aplica la misma vara a todos los actores del sector. Para el ciudadano, la pregunta es: ¿se prioriza la operatividad a cualquier costo, incluso si implica flexibilizar las normas financieras para un ente estatal?
En contraste, la Resolución 628/2025 celebra el cumplimiento ejemplar. En este caso, la ARN aprueba licencias individuales y renovaciones de autorizaciones para personal en otras instalaciones Clase I, destacando que las "Entidades Responsables" no registran deuda en concepto de tasas regulatorias. Esta resolución, menos ruidosa pero igualmente vital, subraya que la formación, capacitación y el rigor en los procedimientos regulatorios son indispensables para la seguridad nuclear.
La dualidad de estas resoluciones resalta una tensión. Por un lado, la ARN garantiza la continuidad operativa de instalaciones críticas (CNEA) bajo un paraguas de "interés público", lo que podría ser visto como pragmatismo. Por otro, enfatiza el cumplimiento estricto para el resto, marcando una aparente doble moral que podría generar críticas sobre la transparencia y la uniformidad de la aplicación de la ley. Para la seguridad de todos, es fundamental que el personal esté habilitado y que las instituciones cumplan sus obligaciones financieras. Los ciudadanos deben estar atentos a cómo se gestionan estas excepciones, ya que la seguridad nuclear es un tema que no admite medias tintas.
"Toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio." (Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804)
Para futuras actualizaciones, se recomienda seguir los comunicados oficiales de la Autoridad Regulatoria Nuclear y consultar el Boletín Oficial, donde se publican todas las normativas que rigen este sector vital.