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La Provincia le dice NO a una abogada que reclamaba un suplemento por título universitario. Un fallo que sienta precedente y genera dudas sobre el reconocimiento profesional en el empleo público bonaerense.
La agente Haydée SOUTO, abogada de la Planta Permanente de la Ley N° 10.430, recibió un duro revés del gobierno bonaerense. Su reclamo por el "Suplemento por Bloqueo por Título Universitario de Grado" fue denegado por la Resolución N° 20-PALB-2026, argumentando que la normativa aplicable a su cargo no contempla dicho pago.
SOUTO, que revista como ABOGADA 'C' con 40 horas semanales y cuenta con título y matrícula habilitante de la Universidad Nacional de La Plata, basó su solicitud en el artículo 4° del Decreto N° 4161/96 reglamentario de la Ley N° 10.430. Sin embargo, tanto la Dirección Provincial de Personal como la Asesoría General de Gobierno dictaminaron que la Ley N° 10.430 no prevé este adicional. Este caso subraya una contradicción o al menos una falta de actualización en la normativa provincial, donde tener un título universitario no siempre se traduce en un reconocimiento económico explícito para ciertas categorías de empleados públicos.
La decisión sienta un precedente importante para miles de profesionales que trabajan en la administración pública bonaerense bajo marcos legales similares. La falta de este suplemento puede desincentivar la formación académica continua y generar frustración entre aquellos que invierten en su desarrollo profesional con la expectativa de un mejor reconocimiento salarial. Es crucial que los empleados públicos revisen exhaustivamente las especificidades de sus marcos normativos para evitar sorpresas desagradables.